Abierto hasta el 31 de julio el plazo de consulta pública sobre el Plan Nacional de 5G

Abierto hasta el 31 de julio el plazo de consulta pública sobre el Plan Nacional de 5G

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (MINETAD) considera clave impulsar el desarrollo de las redes y servicios 5G en España. Existe un consenso casi generalizado acerca de su relevancia, que no se circunscribirá al sector de las comunicaciones electrónicas, sino que aportará sus beneficios a todos los componentes de la sociedad (empresas, ciudadanía y AA.PP.) que podrán beneficiarse de nuevos servicios, soluciones y aplicaciones. Para ello, se pretende diseñar una serie de actuaciones que conformarán el Plan Nacional 5G.

Para la definición de las actuaciones e iniciativas que conformen el Plan Nacional 5G se ha estimado necesaria la realización de la presente Consulta Pública. El objetivo de la consulta es disponer de las propuestas y la información relevante que puedan aportar los interesados para la elaboración del Plan. La participación no se limita a los agentes del sector de las comunicaciones electrónicas, sino que se pretende recibir contribuciones de cualquier empresa o ciudadanos, y de la sociedad en su conjunto. Entre otras, se esperan contribuciones de AA.PP., empresas de diferentes sectores, consumidores y usuarios, asociaciones y organizaciones sociales, etc.

Forma y plazo de presentación

Al inicio de todas las aportaciones el remitente deberá señalar su identificación mediante su nombre o denominación social, y sus datos de contacto. Las aportaciones que se quieran realizar en el marco de esta consulta pública podrán remitirse hasta el día 31 de julio de 2017, a la siguiente dirección de correo electrónico: consulta5G@minetad.es

Sólo serán consideradas aquellas respuestas en las que el remitente esté identificado y su aportación se realice dentro del marco de la presente consulta.

Con carácter general las respuestas y aportaciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas e identificadas en el propio texto de la aportación, y deberá justificarse de manera motivada las razones por las que se solicita su tratamiento confidencial. No se tendrán en cuenta a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

Anexos: Texto completo sobre el Plan Nacional de 5G [PDF] [266 KB]