Convocatoria de ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital

Convocatoria de ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital

En el BOE del miércoles 20 de mayo de 2015 aparece publicada “Resolución de 14 de mayo de 2015, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016” con un presupuesto total de 50 Millones de € en subvenciones y 150 Millones de € en préstamos.

Respecto a convocatorias pasadas se aprecian las siguientes novedades:

– Puesta en marcha de dos subprogramas: Impulso Tecnológico y Grandes Proyectos

Impulso Tecnológico (Anexo I)

– Dirigido al impulso de tecnologías con bajo nivel de madurez y alto potencial de transformación del sector TIC mediante la ejecución de proyectos de I+D de alto riesgo tecnológico en las siguientes temáticas: Industrias del futuro; Ciberseguridad y confianza digital; Salud y Bienestar; Agroalimentario y gestión medioambiental, eficiencia energética y transporte y logística; Contenidos digitales.

a) Podrán recibir ayudas los proyectos de I+D con etiqueta EUREKA de alguno de los siguientes Clústers TIC: CATRENE, CELTIC, ITEA2 y EURÍPIDES
b)  Presupuesto mínimo de 200.000 € y máximo de 2.000.000 € (a excepción de EUREKA)
c) Proyectos individuales. En el caso de proyectos EUREKA cada entidad deberá hacer su solicitud individual

Grandes Proyectos (Anexo II)

– Incentivar la puesta en marcha de grandes proyectos de I+D con gran valor tecnológico y alto potencial de tracción e impacto socioeconómico en la temática de Industrias del futuro
– Presupuesto mínimo de 2.000.000 € y máximo de 10.000.000 €
– Proyectos individuales.
– Subcontrataciones por importe superior al 25% del presupuesto presentado.
– El porcentaje de garantía exigida (a calcular sobre la ayuda concedida) se establece en función de la solvencia del beneficiario (ver Anexo IX)
– Se independizan las dos modalidades de ayuda de modo que la subvención estará vinculada a la evaluación de la innovación tecnológica del proyecto y el préstamo será opcional y quedará limitado por el importe solicitado.
– El importe máximo de subvención, expresado en % del presupuesto financiable, podrá ser de:
o 50% para PYME y 40% para el resto si criterio de innovación tecnológica > 17 puntos sobre 20
o 35% para PYME y 25% para el resto si criterio de innovación tecnológica > 13 puntos sobre 20
o 30% para PYME y 20% para el resto si criterio de innovación tecnológica > 8 puntos sobre 20
– Las ayudas en forma de préstamos se otorgarán a un tipo de interés del 0.180 %, plazo de amortización de 5 años, incluidos 2 de carencia y su importe podrá complementar la subvención hasta el 100% del coste financiable del proyecto.
– El procedimiento de evaluación se realizará en una fase
– El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 18 de junio

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